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¿PORQUE LA INDEMNIZACION?

Si Usted Compro Una Motocicleta Pudo Haber Sido Engañado

La secretaria de hacienda detecto la operacion de contrabando mas grande en la historia de la industria automotriz en mexico.

Las marcas mecionadas han introducido mas de 7 millones de motocicletas de contrabando, y en conjunto con distribuidores y cadenas comerciales vendieron estas motos sin entregar a millones de clientes un pedimento de importacion que acredite la legal estancia del vehiculo en el pais.

ARTICULO 146 DE LA LEY ADUANERA

Tratándose de la enajenación de vehículos importados en definitiva, el importador deberá entregar el pedimento de importación al adquirente. En enajenaciones posteriores, el adquirente deberá exigir dicho pedimento y conservarlo para acreditar la legal estancia del vehículo en el país.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/96458/3_LEY_ADUANERA.pdf

Estas empresas argumentan que las motocicletas son "HECHAS EN MEXICO" siendo esto un engaño ya que en su mayoria son motos fabricadas en CHINA e INDIA, que se imporatan DESMONTADAS O DESENSAMBLADAS a Mexico para evadir el pago de impuestos arancelarios.

La secretaria de hacienda descubre a estas empresas contrabandistas y emite el siguiente comunicado:

4. LEY DE IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACION Y EXPORTACION

01/LIGE Regla General 2 a). Importacion de mercancia sin montar 

Se han detectado prácticas fiscales indebidas derivadas de la inobservancia de la Regla General 2 a), contenida en el artículo 2, fracción I de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; esto, según la motivación integrada en ese criterio se debe a que la importación de mercancías desmontadas o sin montar, ha llevado a que diversas empresas ensambladoras evadan el pago de las contribuciones, el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias e incluso normas oficiales, así como la obtención indebida de beneficios arancelarios derivados de los Tratados de Libre Comercio y Acuerdos Comerciales de los que México forma parte.

Para evitar dichas prácticas ilegales se precisa que para esos efectos: La mercancía que se importa a territorio nacional desensamblada, se clasifica en la fracción arancelaria que le corresponde al artículo, producto, maquinaria o equipo, “completo o terminado”.

Cabe indicar, que el criterio anterior hace extensiva la clasificación como producto terminado, incluso cuando dicha mercancía no se encuentre totalmente completa.

Si usted o alguien que usted conoce tiene una motocicleta y no le entregaron el pedimento de importacion esta usted circulando en un vehiculo que ingreso al pais de contrabando y tiene derecho a que lo indemnizen por el valor o mas de lo que usted pago por su motocicleta incluyendo los intereses y gastos que usted pueda comprobar o de lo contrario que se la cambien por una motocicleta nueva con la debida legalidad fiscal mas una indemnizacion por haber sido engañado.

 

No importa cuando compro la motocicleta, ni las condiciones en la que se encuentre.; si usted cuenta con la factura original o carta factura es suficiente para exigir su indemnizacion.

La secretaria de hacienda tiene el derecho a confiscar estos vehiculos cuando esten circulando en la calle ademas de REMITIR AL CONDUCTOR ANTE LAS AUTORIDADES Y PRIVARLO DE SU LIBERTAD por conducir un vehiculo y tener en su posecion un producto que ingreso al pais de contrabandol.

Si fue usted victima o conoce a alguien que tenga una de estas motocicletas hagan valer sus derechos. 

No le cuesta nada integrarse a esta Demanda de Grupo.

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